Informes de reconsideración

Una persona puede solicitar al Registrador de Lobistas que reconsidere las conclusiones de la ORL y/o cualquier sanción administrativa. En la reconsideración, la autoridad del Secretario incluye la toma de una decisión que puede confirmar o rescindir las conclusiones del informe de investigación y puede confirmar, rescindir o variar el importe de cualquier sanción administrativa.

jun. 02, 2025 The Truck Loggers Association/William Brash En la Decisión 25-04, un investigador consideró que el declarante designado por la Truck Loggers Ass ... más En la Decisión 25-04, un investigador consideró que el declarante designado por la Truck Loggers Association ("TLA") había infringido los artículos 3(3) y 4.1 de la Lobbyists Transparency Act (LTA) y le impuso sanciones administrativas por un total de 4.500 dólares. El declarante designado solicitó una reconsideración por motivos de equidad procesal, la aplicabilidad de la LTA y para solicitar una sanción inferior. El Registrador de grupos de presión confirmó que el procedimiento seguido por el Investigador fue justo y que el declarante designado tuvo la oportunidad de ser oído, que las actividades del TLA entran en el ámbito de aplicación de la LTA, y confirmó la sanción impuesta por el Investigador.
abr. 15, 2025 Interior Lumber Manufacturers' Association/Paul Rasmussen En la Decisión 24-03, un investigador concluyó que el declarante designado, a la sazón Presidente de ... más En la Decisión 24-03, un investigador concluyó que el declarante designado, a la sazón Presidente de la Asociación de Fabricantes de Madera de Interior, había infringido el artículo 2.2 de la Ley de Transparencia de los Grupos de Interés al ejercer presión mientras estaba prohibido y no había presentado la declaración mensual en el plazo establecido, infringiendo el artículo 4.1. Se impuso una sanción administrativa de 7.000 dólares. Se impuso una sanción administrativa de 7.000 dólares. El declarante designado solicitó una reconsideración centrada en la sanción administrativa, aunque no en las conclusiones. El Registrador de grupos de presión modificó la sanción administrativa reduciéndola en 1.000 $, confirmando una sanción de 6.000 $.
mar. 28, 2024 Uber Canada Inc./Brian Kuntz En la Decisión de Determinación 23-07, un Investigador determinó que el declarante designado para Ub ... más En la Decisión de Determinación 23-07, un Investigador determinó que el declarante designado para Uber Canada Inc. (Uber) infringió las secciones 4(1)(f) y (g), 4.1 y 5(1) de la Ley de Transparencia de los Grupos de Presión (LTA), y emitió una sanción administrativa por un total de 4.500 dólares. Uber solicitó una reconsideración impugnando determinadas conclusiones en las que se basaba la decisión, pero no el importe de la multa en caso de que se confirmaran las conclusiones. El Registrador de grupos de presión confirmó las conclusiones y la sanción administrativa impuesta por el Investigador.
dic. 20, 2023 Tourism Industry Association of British Columbia/Walt Judas En la Resolución 23-03, el Registrador Adjunto y Delegado del Registrador de Grupos de Interés (Dele ... más En la Resolución 23-03, el Registrador Adjunto y Delegado del Registrador de Grupos de Interés (Delegado) determinó que el declarante designado por la Asociación de la Industria Turística de Columbia Británica (TIABC) había ejercido presión y prometido un obsequio a tres titulares de cargos públicos en contra de lo dispuesto en el artículo 2.4 de la Ley de Transparencia de los Grupos de Interés ("LTA" o la "Ley"). El Delegado impuso una sanción pecuniaria por tres infracciones del artículo 2.4. El Delegado también consideró que el ofrecimiento de un obsequio por parte del TIABC a un cuarto funcionario público no constituía una infracción de la LTA porque el TIABC no había ejercido presión sobre ese titular de cargo público. A continuación, el Delegado recomendó que la TIABC se abstuviera de ejercer presión sobre el Ministro de Trabajo durante un periodo de un año a partir de la oferta del obsequio, reconociendo el hecho de que si la TIABC lo hacía, la oferta de un obsequio podría ser contraria al artículo 2.4 de la Ley. La TIABC solicitó que se reconsiderara la recomendación de que la TIABC se abstuviera de ejercer presión sobre el Ministro de Trabajo durante un periodo de un año. El Registrador determinó que el artículo 7.3 de la Ley de Transparencia de los Grupos de Presión (LTA) no permite la reconsideración de una recomendación porque no se trata de una sanción administrativa impuesta de conformidad con los artículos 7.2(2)(a)(b) o (b.1) de la LTA. El Registrador consideró que la recomendación en cuestión tenía por objeto ayudar a la TIABC a evitar que su ofrecimiento de un obsequio combinado con una actividad de cabildeo se convirtiera en una posible infracción del artículo 2.4 de la Ley.
dic. 01, 2022 Cisco Systems Canada Co./Shannon Leininger En la Decisión de Determinación 22-01, un Investigador determinó que el declarante designado para Ci ... más En la Decisión de Determinación 22-01, un Investigador determinó que el declarante designado para Cisco Canada Co. contravenía las ss. 4(1)(g) y 4(1)(k) y le impuso sanciones administrativas por valor de 1.500 dólares y 3.000 dólares, respectivamente. El declarante designado solicitó que se reconsiderara la conclusión de que había infringido el artículo 4.1.k) y la sanción correspondiente, alegando que el investigador había interpretado de forma demasiado restrictiva las palabras "espera ejercer presión". El Secretario confirmó las conclusiones y la sanción del Investigador. Las palabras "espera ejercer presión" deben interpretarse a la luz de la finalidad de la Ley y una interpretación que permita a los declarantes designados enumerar cualquier ministerio o entidad provincial o titular de cargo público al que el declarante designado pueda ejercer presión es incompatible con esa finalidad.
sep. 27, 2019 Dimitri Pantazopoulos/Comcast El compromiso de ejercer presión surgió de un intercambio de correos electrónicos entre el consultor ... más El compromiso de ejercer presión surgió de un intercambio de correos electrónicos entre el consultor y el cliente de su empresa. El compromiso surgió cuando el representante del cliente envió un correo electrónico al lobista y le preguntó si había alguien con quien debiera reunirse para tratar un asunto y el lobista respondió con sugerencias de posibles reuniones. Se rechaza el argumento del lobista de que el compromiso no nació hasta la fecha en que el representante del cliente confirmó su disponibilidad específica para posibles reuniones. Se confirma la determinación de que el grupo de presión no se registró dentro del plazo exigido por el artículo 3(1) de la Ley de Registro de Grupos de Presión (LRA).
jul. 31, 2018 Hector Bremner/Steelhead LNG Se anula la conclusión del Informe de Investigación 17-08 (IR 17-08) de que el consultor lobista era ... más Se anula la conclusión del Informe de Investigación 17-08 (IR 17-08) de que el consultor lobista era un antiguo cargo público y no lo declaró, contraviniendo la sección (4)(1)(o) de la Ley de Registro de Lobistas (LRA). El consultor no era un antiguo cargo público según la definición de la LRA.
nov. 29, 2016 Marnie Mitchell/McKesson Canada Se confirma la sanción administrativa de 750 $ impuesta al grupo de presión consultor en el Informe ... más Se confirma la sanción administrativa de 750 $ impuesta al grupo de presión consultor en el Informe de Investigación 16-07. El grupo de presión consultor no aportó motivos convincentes para modificar las conclusiones del Delegado.
feb. 17, 2016 Blair Lekstrom/City of Dawson Creek, District of Chetwynd, District of Tumbler Ridge and Village of Pouce Coupe Se confirma la conclusión de los Informes de Investigación 15-05, 15-06 y 15-07 de que el miembro de ... más Se confirma la conclusión de los Informes de Investigación 15-05, 15-06 y 15-07 de que el miembro de un grupo de presión incumplió sus obligaciones en virtud del artículo 3(1) de la Ley de Registro de Grupos de Presión, de presentar una declaración en el plazo de 10 días tras contraer un compromiso de ejercer presión. Sin embargo, no se confirman las sanciones impuestas de 3.000, 3.000 y 2.000 dólares respectivamente. Se sustituyen por sanciones de 1.000 $ en cada caso, por un total de 3.000 $.
feb. 17, 2016 Blair Lekstrom/Duz Cho Construction Se confirma la conclusión de los Informes de Investigación 15-05, 15-06 y 15-07 de que el miembro de ... más Se confirma la conclusión de los Informes de Investigación 15-05, 15-06 y 15-07 de que el miembro de un grupo de presión incumplió sus obligaciones en virtud del artículo 3(1) de la Ley de Registro de Grupos de Presión, de presentar una declaración en el plazo de 10 días tras contraer un compromiso de ejercer presión. Sin embargo, no se confirman las sanciones impuestas de 3.000, 3.000 y 2.000 dólares respectivamente. Se sustituyen por sanciones de 1.000 $ en cada caso, por un total de 3.000 $.
feb. 17, 2016 Blair Lekstrom/HD Mining International Ltd. Se confirma la conclusión de los Informes de Investigación 15-05, 15-06 y 15-07 de que el miembro de ... más Se confirma la conclusión de los Informes de Investigación 15-05, 15-06 y 15-07 de que el miembro de un grupo de presión incumplió sus obligaciones en virtud del artículo 3(1) de la Ley de Registro de Grupos de Presión, de presentar una declaración en el plazo de 10 días tras contraer un compromiso de ejercer presión. Sin embargo, no se confirman las sanciones impuestas de 3.000, 3.000 y 2.000 dólares respectivamente. Se sustituyen por sanciones de 1.000 $ en cada caso, por un total de 3.000 $.
ago. 18, 2015 Brad Zubyk/Urban Impact Se confirma la conclusión del Informe de Investigación 15-01 de que el lobista no presentó una decla ... más Se confirma la conclusión del Informe de Investigación 15-01 de que el lobista no presentó una declaración en el plazo de 10 días tras comprometerse a ejercer presión. No se confirma la conclusión de que identificó como cliente a una organización equivocada. También se confirma la conclusión de que no corrigió la información en el registro cuando se le requirió. También se señala de pasada que el lobista debería haber identificado en la declaración a los miembros de la coalición a la que pertenecía su cliente.
oct. 01, 2014 Brad Zubyk/Scientific Games Int. Se confirma la conclusión del Informe de Investigación 14-07 de que el consultor miembro de un grupo ... más Se confirma la conclusión del Informe de Investigación 14-07 de que el consultor miembro de un grupo de interés infringió la Ley de Registro de Grupos de Interés. Se confirma la sanción administrativa de 600 dólares impuesta al lobista. El lobista no ha aportado argumentos convincentes para modificar las conclusiones del investigador.
ago. 06, 2014 William Belsey/Gitxaala Nation Se confirman las conclusiones del Informe de Investigación 14-09, según las cuales el asesor de grup ... más Se confirman las conclusiones del Informe de Investigación 14-09, según las cuales el asesor de grupos de presión infringió las ss. 3(1) y 4(3) de la Ley de Registro de Grupos de Interés. También se confirma la sanción administrativa de 1.200 dólares impuesta al lobista. El lobista no ha aportado argumentos convincentes para modificar las conclusiones del Secretario Adjunto.
jun. 06, 2014 BC Federation of Labour/James Sinclair Se confirma la conclusión del Informe de Investigación 14-03 de que el declarante designado infringi ... más Se confirma la conclusión del Informe de Investigación 14-03 de que el declarante designado infringió la Ley de registro de grupos de interés. También se confirma la sanción administrativa de 1.000 dólares impuesta al declarante designado. El declarante designado no ha aportado razones de peso para modificar las conclusiones del investigador.
jun. 06, 2014 Cynthia (Burton) Shore/MWH Business Solutions Se confirma la conclusión del Informe de Investigación 14-05 de que el consultor miembro de un grupo ... más Se confirma la conclusión del Informe de Investigación 14-05 de que el consultor miembro de un grupo de presión infringió el artículo 3(1) de la Ley de Registro de Grupos de Presión. También se confirma la sanción administrativa de 700 dólares impuesta al lobista. El lobista no ha aportado argumentos convincentes para modificar las conclusiones del investigador.
jun. 06, 2014 Michael Klassen/BC Care Providers Association Se confirma la conclusión del Informe de Investigación 14-01 de que el consultor miembro de un grupo ... más Se confirma la conclusión del Informe de Investigación 14-01 de que el consultor miembro de un grupo de presión infringió la Ley de Registro de Grupos de Presión. También se confirma la sanción administrativa de 500 dólares impuesta al lobista. El lobista no ha aportado argumentos convincentes para modificar las conclusiones del investigador.
jul. 04, 2013 Joe Fieder/3M Canada Un consultor de grupos de presión solicitó la reconsideración de una sanción administrativa de 500 d ... más Un consultor de grupos de presión solicitó la reconsideración de una sanción administrativa de 500 dólares impuesta como consecuencia de una infracción de la Ley de registro de grupos de presión. En la reconsideración sólo se cuestionó el importe de la multa. La sanción administrativa de 500 dólares impuesta al grupo de presión se mantiene, ya que el consultor no ofreció motivos convincentes para modificar la decisión del Registrador Adjunto de Grupos de Presión.
dic. 06, 2012 Jay Hill Se mantiene la conclusión del Informe de Investigación 12-15 de que el consultor miembro de un grupo ... más Se mantiene la conclusión del Informe de Investigación 12-15 de que el consultor miembro de un grupo de presión infringió la Ley de registro de grupos de presión. No obstante, la sanción de 2.500 dólares impuesta al miembro del grupo de presión se reduce a 250 dólares en vista de las circunstancias y a la luz de las sanciones impuestas hasta la fecha en otros casos en virtud de la Ley.